Tribunal Superior Electoral deja cinco procesos en estado de fallo reservado. Para el 16 de noviembre queda aplazada demanda de Nemen Nader contra JCE
Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral, dejó en estado de fallo reservado el “Recurso de revisión de las resoluciones números 36-2023, de fecha 24 de julio 2023 y 49-2023, de fecha 15 de agosto 2023, emitidas por la Junta Central Electoral». Otorgó un plazo de cinco días a las partes, Gregorio Robinson Capellán Marte, demandante y Junta Central Electoral, demandada, el cual, vence el jueves 16 de noviembre para depositar sus escritos de fundamentación de conclusiones. Vencido el plazo, el expediente queda en estado de fallo reservado.
El Tribunal, también, dejó en estado de fallo reservado el proceso correspondiente al expediente número TSE-01-0103, sobre la «Demanda en nulidad absoluta de elecciones primarias del Partido Revolucionario Moderno (PRM), recinto 00040, Gastón Fernando Deligne, del Distrito Municipal de Uvilla, celebrada el domingo primero (1ero.) de octubre del año dos mil veintitrés (2023)».
Los jueces otorgaron un plazo de dos días de manera común a las partes, Yuveres González Corniell, en su calidad de precandidato número 1; Bolívar Mateo y Francisco Alberto Félix Rodríguez, estos últimos en calidad de vocales, que fugen como demandantes, y a la Junta Central Electoral (JCE), para depositar escritos de fundamentación de conclusiones. Vencido el plazo, el 13 de noviembre, el proceso queda en estado de fallo reservado.
En este proceso, el Tribunal pronunció el defecto por falta de comparecer, no obstante estar válidamente emplazados, de los señores Samuel Ramírez Matos, en calidad de precandidato número 2, «El Hombre» y “Bianyork”, estos dos últimos en calidad de vocales, partes codemandadas.
El Tribunal, compuesto por el juez presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y los jueces titulares, Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; y Fernando Fernández, dejó en estado de fallo reservado el expediente número TSE-01-0105-2023, que corresponde al «Recurso de impugnación contra la Resolución No. 83-2023, que decidió el recurso de reconsideración depositado por la organización política en formación “Dominicanos por la Democracia y la Transparencia (DDT)”, en fecha 10 de agosto de 2023, con motivo de la solicitud de reconocimiento de partido político».
El Tribunal otorgó un plazo de tres días a ambas partes para depositar escritos de fundamentación de sus respectivas conclusiones, plazo que vence el martes 14 de noviembre. A partir de esa fecha, el expediente queda en estado de fallo reservado.
En este proceso, Antinoe Severino Fernández, en representación de «Dominicanos por la Democracia y la Transparencia», acciona contra la Junta Central Electoral (JCE).
El Tribunal también dejó en estado de fallo reservado el “Recurso de Impugnación, Oposición y Apelación contra la resolución 057/2023 de fecha 11 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM), que proclama los candidatos nacionales, congresuales y municipales, y en este caso al alcalde municipal de Padre las Casas, Azua, Wilmore Morel Oviedo, teniendo proceso abierto con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada”, sometido por el señor Franyer Ramón Pereyra Segura, contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM); su Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) y el citado señor Wilmore Apolinar Morel Oviedo, en su indicada calidad. Contra este último, la Alta Corte pronunció el defecto por falta de comparecer, pese a estar válidamente emplazado.
Así mismo, la Alta Corte dejó en estado de fallo reservado, la “Acción de Impugnación, Nulidad en declaración de inaplicabilidad y de imposibilidad de ejecución por inconstitucionalidad de la resolución núm. 056 de fecha 9 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM)» demanda incoada por Sóstenes Rubén Polanco Lora contra la referida Comisión y la Junta Central Electoral (JCE). En la audiencia anterior el organismo administrativo electoral fue excluido del proceso, por lo que no participó en esta audiencia.
PROCESOS ARCHIVADOS
Por el desistimiento de la parte accionante, el Tribunal Superior Electoral, libró acta y ordenó el archivo de las actuaciones del proceso con relación al expediente número TSE-01-0133, que corresponde al «Recurso de reconsideración a candidatura y/o oposición a inscripción de candidatura congresual a senador por la provincia Montecristi”.
En este proceso, el señor Bernardo Alemán Rodríguez, accionaba contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM).
En tanto, el Tribunal canceló el rol y ordenó el archivo del expediente número TSE-01-0135, por la incomparecencia de las partes.
En este proceso, se conocía una “Impugnación a candidatura a senador por la provincia Montecristi», incoada por el señor Juan Alexander Rivas Rosario, contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
En lo que respecta al expediente número TSE-01-0088, sobre «Solicitud de Revisión de resultados de mesa electoral», la Alta Corte pronunció el defecto por falta de concluir de la parte demandante, señora Arelis Reyes Bruno y ordenó el descargo puro y simple en favor de la parte demandada, Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Junta Central Electoral (JCE).
Ante el desistimiento de la parte accionante, el ciudadano Buenaventura de León Morel, el Tribunal libró acta y ordenó el archivo del expediente marcado con el numero TSE-05-0025 sobre «Solicitud de Amparo por vulneración del debido proceso y negación de entrega física de resultados de encuestas, a los fines de validación de candidatos y candidatas para el nivel de diputados y diputadas de la Circunscripción núm. 1, Santiago».
Las partes accionadas eran el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión Nacional de Elecciones Internas de esa organización política.
AUDIENCIAS APLAZADAS
El Tribunal Superior Electoral aplazó para el jueves 16 de noviembre, a los fines de una comunicación recíproca de documentos, el Recurso del Movimiento Verde Revolucionario Francomarisano (MVRF), contra la resolución de la JCE que rechazó el recurso de reconsideración contra la resolución que negó el reconocimiento de dicha entidad.
El señor Silvestre Abreu Gómez, en su calidad de presidente del referido Movimiento, actuó en su representación.
Para el 16 de noviembre, se fijó para que la parte demandante emplace a la parte demandada, el «la Impugnación contra la resolución No. 60-2023 (de fecha 05/10/2023), que decidió el recurso de reconsideración depositado por la organización política en formación «Partido Nacionalista Dominicano (PND)», en fecha 15 de agosto de 2023, a través de la secretaría general de la Junta Central Electoral contra la resolución No- 36-2023 del 24 de julio del 2023″.
En este proceso, el ciudadano Nemen Yacer Nader Rodríguez, en representación de dicho Partido, demanda a la Junta Central Electoral (JCE).
Así mismo, el TSE calendarizó para el jueves 16, para una comunicación recíproca de documentos la «Acción de Amparo por vulneración del debido proceso, derecho a la igualdad y negación de entrega física de resultados de encuestas, a los fines de validación de candidato o candidata para el nivel de alcaldía de Bisonó, Navarrete, Provincia Santiago» incoada por la señora Reyla Altagracia Hernández Muñoz, contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) de ese Partido.